Edicto
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 378/10, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso voluntario de la entidad mercantil Restaurante El Asador La Jonquera, S.L. con domicilio en la Ctra. Nacional II, km. 38, de La Jonquera, CIF núm. B-17448416, siendo designado como Administrador concursal al Letrado don Antoni Blanch Brugarolas.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra la concursada, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante autorización o conformidad.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª, la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en
Girona, 7 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.