Don Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,
Por la presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 110/10 C del procedimiento concursal de Beltrantorres, S.L., se ha dictado con fecha 24/04/2015 auto, en el que se acuerda:
1.- La conclusión del presente procedimiento concursal de Beltrantorres, S.L., con CIF B57496127, con conclusión y archivo de las actuaciones.
2.- Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.
3.- La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.
Palma de Mallorca, 24 de abril de 2015.- Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 110/2010, por auto de 4 de mayo de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Beltrantorres, S.L., con domicilio en Pasaje Mollet, n.º 4, bajos, Urbanizacion Son Veri (Llucmajor) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en esta localidad.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil n.º 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente para ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal así como otro más si se interesare la devolución de los títulos originales.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Palma de Mallorca, 5 de mayo de 2010.- Secretario.