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Concurso de acreedores Pinturpox Sl (Extinguida)

El 06-05-2010, Pinturpox Sl (Extinguida), en SANT JAUME DE LLIERCA (Gerona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17397977. La actividad (principal) de Pinturpox Sl (Extinguida) es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pinturpox Sl (Extinguida)
Localidad:
SANT JAUME DE LLIERCA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17397977
Número de insolvencia:
B17397977
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL PLA DE POLIGER 0
17854 SANT JAUME DE LLIERCA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-05-2010
34794
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 6, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º- Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 341/2010, por auto de fecha 6/5/2010, se ha declarado concurso voluntario abreviado, a los deudores Nicrocin, S.L., con CIF B-17081134; Pinturpox, S.L., con CIF B-17397977, y Promotora Polige, S.L., con CIF B-17341215, y domicilio en Sant Jaume de Llierca, polígono industrial Pla de Poligé, s/n, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sant Jaume de Llierca.

2.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC

El plazo para esta comunicación es de quince días, a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

3.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por por medio de Procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC)

4.º- Que los concursados conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Girona, 6 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial, José Antonio Marquínez Beitia.

06-05-2010
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario a la sociedad. De conformidad con lo prevenido en el artículo 21.2, en relación con el artículo 40 de la Ley Concursal, y toda vez que se trata de un concurso voluntario, el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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