Edicto
Don Jorge VÃctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado – 001250/2009 Voluntario, de la deuda Concursada Construcciones José y Fran Gallego SL, con CIF n.º B-97375208, con domicilio en la Calle San Juan Bautista, n.º 1, Llanera de Ranes (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diecinueve de enero de dos mil diecisiete por el Ilmo.Sr. Magistrado-Juez don Jacinto Talens Segui, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registro Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 19 de enero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,
De conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. concursal abreviado necesario número 1250/2009, habiéndose dictado en fecha 2 de febrero de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Construcciones José y Fran Gallego, S.L., con domicilio en calle San Juan Bautista, número 1, Llanera de Ranes (Valencia), y CIF B-97375208, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 7597, libro 4897, folio 139, hoja V-92351, Inscripción 1.ª
Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 2 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.