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Concurso de acreedores Trans San Bartolome Sl

El 21-04-2010, Trans San Bartolome Sl, en BENEJUZAR (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03458734. La actividad (principal) de Trans San Bartolome Sl es transporte terrestre y por tubería.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Trans San Bartolome Sl
Localidad:
BENEJUZAR
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B03458734
Número de insolvencia:
B03458734
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
ORIHUELA-GUARDAMAR (KM 9) 0
03390 BENEJUZAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-05-2011
31210
 
  • Apertura de la sección seis
 

D.Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000101/2010 de la mercantil TRANS SAN BARTOLOME, S.L., CIF n.º B-03458734, en el que se ha dictado sentencia con fecha 26/04/11 por la que:

Se aprueba el convenio aceptado en junta de fecha 01/04/11, cesando en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiese encomendar a todos o alguno de ellos hasta su íntegro cumplimiento y de lo previsto en el capítulo II del título VI LC. Producido el cese, los administradores concursales rendirán cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de dos meses.

Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso con testimonio de la sentencia y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad la sentencia aprobando el convenio confome al artículo 109 en relación con el art. 23 de la LC.

Elche, 26 de abril de 2011.- El Secretario judicial.

03-02-2011
4704
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elche, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 000101/2010 referente al concursado Trans San Bartolomé, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 22 de marzo, a las 10,00 horas, en la sala de audiencias de este Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Elche, 24 de enero de 2011.- El Secretario.

17-07-2010
54298
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000101/2010, siendo la concursada Trans San Bartolomé, S.L., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado providencia de esta fecha, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

La impugnación se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y siguientes), debiendo formularse demanda en la forma exigida en el art. 399 de la LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (art. 184.3 de la LC).

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Elche, 5 de julio de 2010.- Secretario Judicial.

29-04-2010
28489
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000101/2010 habiéndose dictado con fecha 21/04/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado voluntario de acreedores de Trans San Bartolomé, S.L., con domicilio en Carretera Orihuela-Almoradí, km. 9 Benejúzar (Alicante) CIF n.º B-03458734, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 1123, Folio 149, Sección 8.ª, Hoja A-18020, representada por el procurador doña Rosa Brufal Escobar.

Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos.

Elche, 22 de abril de 2010.- Secretario Judicial.

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