Edicto
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 985/2009 concurso, por auto de 3 de noviembre de 2009 se ha declarado en concurso a los deudores don David Montoliu Luque con DNI 40.530.183-C y doña Yolanda Rodríguez Alcalá con DNI 40.530.876-T, con domicilio en c/ Moli d'en Ros, 151, Urbanización Roca de Malvé, de Santa Cristina d'Aro, siendo designado como Administrador Concursal doña Ana Córdoba Sánchez, Economista.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
Los deudores conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real Decreto 3/2009 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 3 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.