Edicto
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado – 001023/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Industrias Mova, S.A., con CIF n.º A-46069456, con domicilio en el Polígono Industrial de Mogente, Autovía de Levante A-35, s/n, Mogente, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 5 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento Concursal Abreviado Voluntario número 001023/2009, habiéndose dictado en fecha veintinueve de septiembre de dos mil nueve por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Industrias Mova, Sociedad Anónima con domicilio en Polígono Industrial de Mogente, Autovía de Levante, sin número y CIF número A-46069456, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia de Valencia, al tomo 2.988, al libro 304 de la Sección General, folio 17, hoja V-4.407.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 29 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.