Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Andemalda Sl

El 25-06-2009, Andemalda Sl, en MONOVAR (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53077541. La actividad (principal) de Andemalda Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Andemalda Sl
Localidad:
MONOVAR
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53077541
Número de insolvencia:
B53077541
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JUAN CARLOS I 10
03640 MONOVAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-02-2014
A140005770
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita concurso de acreedores de las deudoras Andema III, S.L., con domicilio en la C/ Almacenistas, M 2, M3 Polígono Finca Lacy de Elda Alicante y C.I.F. número B-03662343 y Andemalda S.L con domicilio en la Calle Juan Carlos I, 10, Monovar, Alicante, y C.I.F. número B-53077541 en cuyo seno se ha dictado con fecha 13-01-14 auto, que es firme y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Acuerdo:

1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3. Dar curso a la extinción de las entidades y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D./Dña. Salvador Calero Garcia, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

firmado y rubricado"

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno."

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante a, 13 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

04-10-2010
70932
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado 000316/2009-A sobre declaración de concurso de las mercantiles Andema III, S.L., con domicilio en la c/ Almacenistas, M2, M3, Polígono Finca Lacy, de Elda, Alicante y C.I.F. número B-03662343 y Andemalda, S.L., con domicilio en la calle Juan Carlos I, 10, Monovar, Alicante, y C.I.F. número B-53077541, se ha dictado el 20-09-10 auto declarando de oficio la apertura de la fase de liquidación al no haberse presentado propuesta de convenio, en el que se acuerda dar publicidad a los siguientes datos:

Parte Dispositiva

1. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.

3. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5. Preséntese por el administrador concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6. Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, son testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los cinco días siguientes a la ultima de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Alicante, 20 de septiembre de 2010.- Secretaria Judicial.

01-07-2010
50650
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Procedimiento Concursal Abreviado - 00316/2009- A sobre declaración de concurso de las mercantiles Andema III, S.L. con domicilio en la C/ Almacenistas, M2, M3 Polígono Finca Lacy de Elda Alicante y C.I.F. B-03662343 y Andemalda, S.L. con domicilio en la calle Juan Carlos I, 10, Monovar, Alicante y C.I.F. número B-53077541 se ha dictado el 30-04-10 auto de fin de fase común y apertura de convenio, en el que se acuerda dar publicidad a los siguientes datos:

"..3.- Se convoca la Junta de Acreedores que se celebrará el próximo 24 de septiembre de 2.010 a las 9:30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1ª Planta), publicándose edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE que le sera entregado al Procurador Sr. Jiménez Izquierdo para su remisión inmediata.

4.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el articulo 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por ninguna de las concursadas, éstas y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 20 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC).

Alicante, 17 de junio de 2010.- Secretaria Judicial.

02-02-2010
5368
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado-000316/2009-A sobre declaración de concurso de las mercantiles Andema III, S.L., con domicilio en la C/ Almacenistas, M2, m3 Polígono Finca Lacy de Elda Alicante y C.F.I. número B-03662343 y Andemalda, S.L., con domicilio en la Calle Juan Carlos I, 10, Monóvar, Alicante, y C.I.F. número B-53077541 se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 L.C. y se ha dictado Providencia de fecha 15-1-10, que contiene, entre otros, el siguiente pronunciamiento:

Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.)

Y para que sirva de publicación en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, expido el presente en

Alicante, 15 de enero de 2010.- La Secretaria Judicial.

21-10-2009
75001
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado -000316/2009 - A, en los que se ha dictado, auto con fecha 16-09-2009 acordando la acumulación a este concurso del procedimiento concursal abreviado 511/09.

Por auto de fecha 25-06-2009 se declara en estado de concurso voluntario abreviado a Andemalda, SL con domicilio en calle Juan Carlos I, 1O, Monovar, Alicante, C.I.F. numero B-53077541, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 1884, folio 90, hoja A-36438.

Facultades: Se decreta la suspensión de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la fecha de la publicación en el B.O.E.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 5 de octubre de 2009.- Secretaria Judicial.

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