Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Metalcom Ecm Aranda S.L.

El 01-01-0001, Metalcom Ecm Aranda S.L., en GUMIEL DE IZAN (Burgos) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BURGOS. El número de insolvencia de esta empresa es B09372400. La actividad (principal) de Metalcom Ecm Aranda S.L. es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Metalcom Ecm Aranda S.L.
Localidad:
GUMIEL DE IZAN
Provincia:
Burgos
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B09372400
Número de insolvencia:
B09372400
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RENALTE 0
09370 GUMIEL DE IZAN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-10-2009
72468
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

El Juzgado de Primera Instancia de Burgos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.-Que el procedimiento 546/2009, por auto se ha declarado en concurso necesario al deudor Metalcom ECM Aranda, SL CIF B09372400 con domicilio en calle Renalte, s/n. Gumiel de Hizan (Burgos) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Gumiel de Hizán (Burgos).

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta cominicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimieto deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Burgos, 28 de septiembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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