Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Daniel Gonzalez Llorente Sa

El 28-09-2009, Daniel Gonzalez Llorente Sa, en AREVALO (Ávila) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ÁVILA. El número de insolvencia de esta empresa es A05027818. La actividad (principal) de Daniel Gonzalez Llorente Sa es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Daniel Gonzalez Llorente Sa
Localidad:
AREVALO
Provincia:
Ávila
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A05027818
Número de insolvencia:
A05027818
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ARCO DE AVILA 9
05200 AREVALO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-10-2014
A140051315
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don Luis Marugán Cid, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Ávila, anuncia:

- Que en el procedimiento concursal número 585/2009, relativo a la mercantil Daniel González Llorente, S.A., con domicilio social en Arévalo (Ávila), calle Arco, nº 9, y CIF A-05027818, se ha dictado auto de fecha 09-10-14 cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Acuerdo:

- Declarar la conclusión del presente procedimiento concursal de la mercantil Daniel González Llorente, S.A., registrado con el número 585/2009, por estar en el supuesto de inexistencia de masa activa para atender el pago de los créditos contra la masa, archivándose el mismo.

- La extinción de la mercantil Daniel González Llorente, S.A., así como la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.

- La publicación de la presente resolución de conclusión del concurso mediante edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente al de su notificación, debiendo acreditar al interponerlo haber constituido un depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Ávila, 9 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

18-05-2010
37684
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Ávila, anuncia:

Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 585/2009 referente al concursado Daniel González Llorente, S.A. con C.I.F. Nº A-05027818, por auto de fecha 11-05-10 se ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 01-02-10, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 31 de mayo de 2010, a las 12:00 horas.

3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.

4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Ávila, 13 de mayo de 2010.- Secretario Judicial.

10-02-2010
7583
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Ávila, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 585/2009 referente al concursado Daniel González Llorente, S.A. se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 31 de mayo de 2010, a las 12:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Ávila, 4 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

07-10-2009
71665
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Ávila,

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 585/2009, por auto de 28-09-09 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Daniel González Llorente, S.A., con domicilio en c/ Arco n.º 9, Arévalo (Ávila) y C.I.F. n.º A-05027818.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º El plazo para la comunicación de los créditos por parte de los acreedores del concursado es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario de Ávila.

Ávila, 1 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

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