Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Grupo Empresarial Jimenez S.L.

El 16-09-2009, Grupo Empresarial Jimenez S.L., en CAMARGO (Cantabria) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SANTANDER. El número de insolvencia de esta empresa es B39498431. La actividad (principal) de Grupo Empresarial Jimenez S.L. es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Empresarial Jimenez S.L.
Localidad:
CAMARGO
Provincia:
Cantabria
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B39498431
Número de insolvencia:
B39498431
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL CROS 4
39609 CAMARGO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-03-2021
A210017526
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

D./Dª. Maria de las Nieves García Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del JUZGADO MERCANTIL Nº 1 de Santander,

Hago saber:

Que en el procedimiento de referencia concurso abreviado nº 869/2009 se ha acordado por Auto de fecha 17 de marzo de 2021, lo siguiente:

1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado GRUPO EMPRESARIAL JIMENEZ, S.L., con CIF B39498431, procediéndose al archivo de las actuaciones.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.

4. Se acuerda el cese de la Administración concursal.

5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de GRUPO EMPRESARIAL JIMENEZ, S.L., CIF B39498431 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.

Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Santander, 18 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Dña. María de las Nieves García Pérez.

01-08-2011
60282
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de Santander, hago saber:

1.- Que en el procedimiento concursal 869/2009, por auto de fecha 19.07.2011 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación en el concurso del deudor "Grupo Empresarial Jiménez, Sociedad Limitada", con CIF número B-39498431, y con domicilio en Polígono Industrial de Cors, Edificio 4, nave 4, de Maliaño (Cantabria).

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de "Grupo Empresarial Jiménez, Sociedad Limitada", así como el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.

5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

6.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Santander, 19 de julio de 2011.- La Secretaria.

19-12-2009
91392
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 10 y Mercantil, de Santander, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 869/2009 referente al deudor Grupo Empresarial Jiménez, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo l del Título lV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la listar de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Los interesados en el plazo de diez días, computados desde la última publicación podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. Las partes personadas, lo podrán impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución que comunica la presentación del informe.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Dado en Santander a, 24 de noviembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

28-09-2009
69048
 
  • Auto de declaración de concurso
 

EDICTO

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Y DE 1.ª INSTANCIA N.º 10 DE SANTANDER, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

ANUNCIA

1.º- Que en el Procedimiento número 869/2009, por auto de fecha 16/09/09 se ha declarado en concurso al deudor GRUPO EMPRESARIAL JIMÉNEZ, S.L., con C.I.F. número B-39498431, y con domicilio en MALIAÑO, AYUNTAMIENTO DE CAMARGO, Polígono de Cros, Edificio 4 nave 4 (CANTABRIA).

2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 183.3 LC).

SANTANDER, 16 de septiembre de 2009.- EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

Informes
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