Edicto.
Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 173/2016 en el que sea dictado con fecha 16 de marzo de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Technical & Racing Composites, S.L.U., con CIF B17722992 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8000802.
Tipo de concurso: necesario. Se ordena la sustitución de las facultades de disposición y administración que sobre su patrimonio tiene el deudor.
Concursada: Technical & Racing Composites, S.L.U., con domicilio en Carrer de Llevant, número 1, de Fogars de la Selva ( Barcelona).
Administrador concursal: Rousaud Costas Duran Concursal, S.L.P. ( en la persona de Jordi Albiol Planas), con domicilio en Barcelona, calle Escoles Píes, 102, telf. 93.503.48.68, fax, 93.503.48.69 y correo electrónico tr@rcdslp.com.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 de la ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 6 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.