Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Grupo Avantalia, S.L., con número de registro 83/09 en cuyo seno de ha dictado auto de fecha 1 de junio de 2010 con el siguiente tenor literal: "quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del administrador de la empresa concursada.
Se declara la disolución de la mercantil concursada Grupo Avantalia, S.L., lo que conlleva el cese del administrador único que será sustituido por el administrador concursal, José Joaquín Mir Plana, con DNI 19851680N que presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos del concursado que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 Ley concursal.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables."
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 Ley Concursal, se expide el presente.
Valencia, 1 de junio de 2010.- La Secretario Judicial.
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de la mercantil Grupo Avantalia, SLU, con el número de registro 83/09 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 26 de febrero de 2010 con el siguiente tenor literal:
Dispongo
Uno.- Declarar finalizada la fase común del concurso, y declarar la apertura de la fase de convenio.
Dos.- Se acuerda la formación de la sección quinta del concurso que principiará con el correspondiente testimonio del presente auto, advirtiendo al concursado y acreedores que se inicia el plazo para la presentación de propuestas de convenio previsto en el artículo 113.2 Ley Concursal, y que en caso de no presentarse o no admitirse a trámite ninguna, se procederá sin más a la apertura de la fase de liquidación en cumplimiento del artículo 143 de la misma ley.
Tres.- Queda convocada la Junta de acreedores de la compañía Grupo Avantalia, SLU, para el próximo día 24 de mayo de 2010, a las diez horas, a celebrar en la Sala de Vistas de este Juzgado, comunicándose a los acreedores que podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 Ley Concursal.
Cuatro.- Procédase a dar la debida publicidad en los términos del artículo 23 Ley Concursal, insertándose este auto en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con el precitado artículo 23 Ley Concursal.
Valencia, 1 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.
Doña Ana Escrivá Crespo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 83/09 habiéndose dictado en fecha 3 de junio de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Grupo Avantalia, S.L., con CIF B-97533582, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, expidiéndose el presente Edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85.
Valencia, 3 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.