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Concurso de acreedores terminado Barlovento Eolica S.L.

El 24-07-2009, Barlovento Eolica S.L., en FERROL (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15821994. La actividad (principal) de Barlovento Eolica S.L. es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Barlovento Eolica S.L.
Localidad:
FERROL
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15821994
Número de insolvencia:
B15821994
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ESTRADA DE CASTELA 0
15404 FERROL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-10-2020
A200046601
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil numero 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber: Que en los autos seguidos en este juzgado con el numero de concurso 1613/2009 relativos al deudor Barlovento Eólica, S.L., con CIF B15821994, se ha dictado en fecha diez de septiembre de 2020 el Auto de conclusión en el que se acordó:

Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado por insuficiencia de la masa activa y archivar las presentes actuaciones, sin perjuicio de proceder a su reapertura en caso de aparecer nuevos bienes y derechos propiedad de la concursada.

Procede la extinción de la entidad Barlovento Eólica, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. La sociedad se encuentra inscrita al folio 86, inscripción 1.ª, de la hoja C-28245, tomo 2564 del archivo, a estos efectos expídase mandamiento al Registro mercantil de A Coruña.

Acordar el cese y aprobar la rendición de cuentas presentada por el administrador concursal José Carlos Bouza Fernández. Ello sin perjuicio de que se dé cumplimiento a lo acordado por este juzgado en providencia de fecha 22 de julio de 2020 en cuanto a la deducción de testimonio para su remisión al juzgado de instrucción competente en relación al incumplimiento del deber de elaborar la rendición de cuentas que incumbía a la administradora concursal cesada Luisa Isabel Pazos Rivas.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 35 TRLC y se publicará en el BOE.

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerda manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrada Juez de este Juzgado de lo Mercantil, doy fe.

A Coruña, 11 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

15-09-2009
66164
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Jdo. de lo Mercantil n.1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º- Que en el procedimiento número 1613/2009, por auto de 24 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Barlovento Eólica, S.L., CIF n.º B-15821994 con domicilio en Avda. Marqués de Figueroa, n.º 38- Ent. B- Fene – A Coruña, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad.

2º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5º- Que se ha nombrado como administrador concursal único (pendiente de aceptación del cargo) al Letrado don Alberto Pérez Sanmartín.

A Coruña, 29 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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