Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia/San Sebastián anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 482/2009 en el que figura como concursado Baldosas Jarri, S.L., se ha dictado el 26/9/2013 auto declarando concluso el concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.
La misma resolución ha decretado:
- El cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
- La extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno
En Donostia/San Sebastian, 26 de septiembre de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 482/2009 referente al concursado Baldosas Jarri, S.L., por auto de fecha 03/11/2011 se ha acordado lo siguiente:
1.- Dar por terminada la fase de convenio acordada por sentencia de fecha 31 de mayo de 2010 por imposibilidad de cumplimiento del convenio.
2.- Abrir la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
3 Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4- Se ha declarado disuelta la mercantil Baldosas Jarri, S.L., cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
5- La misma resolución ha acordado reabrir la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo,que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados podrán personarse y ser parte en la sección, debiendo limitarse en sus escritos a determinar si el concurso debe ser calificado como culpable en razón de incumplimiento del convenio por causa imputable a la concursada.
En Donostia-San Sebastián, 3 de enero de 2011.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 482/2009, en el que figura como concursado "Baldosas Jarri, Sociedad Limitada", se ha dictado el 31 de mayo de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Baldosas Jarri, Sociedad Limitada", y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 11 de mayo de 2010.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en la plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia–San Sebastián, 31 de mayo de 2010.- La Secretario Judicial.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 482/2009 referente al concursado "Baldosas Jarri, Sociedad Limitada", se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 11 de mayo de 2010 a las diez horas en la Sala número 14 de este Palacio de Justicia.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluídos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Donostia–San Sebastián, 17 de febrero de 2010.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 482/2009, por auto de 24 de julio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Baldosas Jarri, Sociedad Limitada", con NIF B20096129, con domicilio en Barrio Umana, s/n - Alkiza y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Alkiza.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia-San Sebastián, 24 de julio de 2009.- La Secretario Judicial.