Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Persona física

El 12-11-2013, Persona física, en EL TROBAL (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es 34041406A. La actividad (principal) de Persona física es transporte terrestre y por tubería.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
EL TROBAL
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
34041406A
Número de insolvencia:
34041406A
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MANANTIAL 7
41727 EL TROBAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-03-2020
A200014023
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

E D I C T O

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 1511/2013 - neg. 6 -, con nig. 4109142M20130003439, por auto de 6 de marzo de 2020 se ha concluido el concurso DOLORES GONZÁLEZ CASTAÑO, con d.n.i. 34041406A y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de DOLORES GONZÁLEZ CASTAÑO.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

10.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME.

Así lo acuerda, manda y firma, don Pedro Márquez Rubio, Magistrado de la sección segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla. Doy fe.

EL MAGISTRADO LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA "

Sevilla, 10 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

30-11-2013
A130065066
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

A N U N C I A

1.º Que en el procedimiento número 1511/2013, con NIG 4109142M20130003439, por auto de 12/11/13 se ha declarado en concurso Voluntario a la deudora Dolores González Castaño, con DNI: 34.041.406-A, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Calle Manantial, 7, de El Trobal (Sevilla).

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, designándose a don Juan Santiago Núñez Navarro, Avda. Hytasa, 38, Edificio Toledo I, Pl. 3 Mod 8, de Sevilla. Tlf. 954638411 y fax: 954662577, correo-e: gonzalezcastanoconcurso@gmail.com.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Sevilla, 20 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos