E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 397/2009 en el que figura como concursado/a LEAIZ, S.L., CIF B20450300, se ha dictado el 14/10/2015 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 14 de octubre de 2015.- La Secretaria judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 397/2009, referente al concursado Leaiz, S.L., por auto de fecha 20/04/2012 se ha acordado lo siguiente:
1.- Dar por terminada la fase de convenio acordada por auto de 21/12/2009, por imposibilidad de cumplimiento de convenio.
2.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
3.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4.- Se ha declarado disuelta la mercantil Leaiz, S.L., cesando en su función los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia-San Sebastián, 23 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 397/2009, en el que figura como concursado "Leaiz, Sociedad Limitada", se ha dictado el 14 de abril de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Leaiz, Sociedad Limitada", y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 9 de marzo de 2010.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en la plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia-San Sebastián, 14 de abril de 2010.- La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 397/2009 referente al concursado "Leaiz, Sociedad Limitada", se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 9 de marzo de 2010 a las once horas en la Sala de Audiencias número 14 de este Palacio de Justicia.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Donostia-San Sebastián, 21 de diciembre de 2009.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 397/2009, por auto de 8 de junio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Leaiz, Sociedad Limitada", con NIF B20450300, con domicilio en Polígono Industrial Anardi número 3, bajo 2 – 20730 Azpeitia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Azpeitia.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia-San Sebastián, 8 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.