Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Steel Pool S.L.

El 30-04-2009, Steel Pool S.L., en CHIPIONA (Cádiz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÁDIZ. El número de insolvencia de esta empresa es B11505492. La actividad (principal) de Steel Pool S.L. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Steel Pool S.L.
Localidad:
CHIPIONA
Provincia:
Cádiz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B11505492
Número de insolvencia:
B11505492
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
SANLUCAR DE BARRAMEDA 0
11550 CHIPIONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-05-2009
36339
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 23/2009, por auto de 30 de abril de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Steel Pool, S.L.U.", con CIF B11505492, con domicilio en Chipiona, carretera de Sanlúcar-Chipiona, km 3,2 (Cádiz), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo referenciado.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Cádiz, 13 de mayo de 2009.- Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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