Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Gng Productos Y Embutidos Ibericos S.A.

El 28-11-2006, Gng Productos Y Embutidos Ibericos S.A., en LEDRADA (Salamanca) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SALAMANCA. El número de insolvencia de esta empresa es A37063773. La actividad (principal) de Gng Productos Y Embutidos Ibericos S.A. es industria de la alimentación.
La Junta de Acreedores está planificada.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gng Productos Y Embutidos Ibericos S.A.
Localidad:
LEDRADA
Provincia:
Salamanca
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A37063773
Número de insolvencia:
A37063773
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ARRIBA 26
37730 LEDRADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-05-2011
43159
 
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca anuncia:

Que el procedimiento concursal n.º 931/2006 referente al concursado GNG Productos y Embutidos Ibéricos, S.A. titular del Cif n.º A37063773 y con domicilio en calle Arriba, n.º 6 de Ledrada (Salamanca) por auto de fecha 6-7-2010 ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 18-3-2009 por incumplimiento del convenio aprobado con fecha 30-06-2009, abriéndose la fase de liquidación solicitada por la empresa concursada, conforme a lo establecido en el artículo 142.3 de la Ley Concursal.

2.- Se reestablece a la administración concursal en sus funciones y se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio

Salamanca, 6 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

04-11-2009
79405
 

Edicto-cédula de notificación.

En el procedimiento de concurso número 931/06 se ha dictado sentencia, que tiene el carácter de firme, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia

En Salamanca, a treinta de junio de dos mil nueve.

Visto por el Ilustrísimo Señor don Luis Sanz Acosta, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, los presentes autos de procedimiento concurso ordinario 931/2006 de la entidad concursada GNG Productos y Embutidos Ibéricos, S.A., representada por la Procuradora Señora Fernández de la Mela Muñoz y defendida por el Letrado Señor Álvarez Mediavilla.

Fallo

Primero.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada GNG Productos y Embutidos Ibéricos, S.A., con C.I.F. número A-37063773 que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal.

Se decreta el cese a todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes de los deudores de comparecer ante este Juzgado tantas veces como sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

Segundo.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Tercero.- Publíquese la sentencia en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Líbrese oficio al Juzgado Decano de Salamanca para que a vez comunique la sentencia dictada a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Salamanca.

Cuarto.- Líbrense mandamientos al Registro Mercantil Salamanca para la inscripción de la sentencia en el Libro de Sociedades al tomo 39, folio 94, hoja SA-1183 y a los Registros de la Propiedad de Béjar y Bienes Muebles de Salamanca para la inscripción de la sentencia respecto a los siguientes bienes:

- Finca rústica en el paraje de "Corralizas" en Ledrada (Salamanca). Inscrito en el Registro de la Propiedad de Béjar, Libro de Ledrada, tomo 1.152, libro 31, folio 104, finca 2257.

- Vehículo marca Seat, modelo Terra, con número de bastidor VSS024AZ009155315, matrícula SA-1403-L.

- Vehículo marca Peugeot, modelo Box FG 350LH, 2.5 TDI con número de bastidor VF3233J4215988014, matrícula 3884-BBZ.

Igualmente para que se haga constar en la anotación marginal de cada finca, en la que figure el arrendamiento financiero, en relación a los siguientes bienes:

- Fábrica sita en la calle Arriba, número 26 en Ledrada (Salamanca), formada por las siguientes fincas registrales:

a) Finca 2455.

b) Finca 1752.

c) Finca 1898.

d) Finca 1877.

e) Finca 1978.

- Secadero sito en calle Arriba en Ledrada (Salamanca), inscrito en el Registro de la Propiedad de Béjar, en el Libro de Ledrada, tomo 1.152, libro 31, folio 105, finca 2256.

- Vehículo marca Renault, modelo Midlum 220/16, con número de bastidor VF644ACA000010145, matrícula 0531-DBM: Leasing VFS Financial Services.

- Vehículo marca Saab, modelo 9-3, con número de bastidor YS3FB46V851014138, matrícula 8992- DCY: Leasing Hispamer Servicios Financieros, la inscripción de la sentencia.

Firme la presente resolución, entréguense los despachos a la Procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciado y devolución.

Quinto.- Se decreta el cese de los administradores concursales, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título II, y requiérase a los miembros integrantes de la citada administración a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución.

Sexto.- Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral a partir de la fecha de esta sentencia informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Salamanca (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 197.4 LC y 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Se hace constar que el convenio Aprobado está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado.

Salamanca, 21 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

07-04-2009
21630
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

EL Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 931/2006, referente al concursado "GNG Productos y Embutidos Ibéricos, S.A.", se ha convocado Junta de acreedores, que se celebrará el día el día 28 de mayo, a las 9:30 horas, en el salón de actos del Servicio Territorial de Sanidad de la Junta de Castilla y León, en la avenida de Portugal, número 83, de Salamanca.

La Junta será presidida por el Administrador concursal don José María Rozas Lorenzo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley Concursal.

Segundo.-Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de Convenio presentada por "GNG Productos y Embutidos Ibéricos, S.A.".

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal puede ser examinada por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de Convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Tercero-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Salamanca, 18 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.

28-11-2006
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Auto declarando en concurso voluntario de fecha 28 de Noviembre de 2.006
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos