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Concurso de acreedores terminado Promociones Wenbomar Sl

El 02-02-2009, Promociones Wenbomar Sl, en MULA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B73230815. La actividad (principal) de Promociones Wenbomar Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promociones Wenbomar Sl
Localidad:
MULA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B73230815
Número de insolvencia:
B73230815
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
EXPLANADA 0
30170 MULA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-02-2016
A160003501
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

Que en este órgano judicial se tramita Sección I declaración concurso 0000814 /2008 del deudor Promociones Wenbomar, S.L., se ha dictado el día 22 de enero de 2016 auto de conclusión.

La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:

"Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil Promociones Wenbomar, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como su extinción como personalidad juridica.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los art. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.

3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe."

Murcia, 27 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

02-04-2009
19517
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Dña. Concha Ruiz García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, comunico:

Que en el procedimiento número 814/2008, por auto de fecha veinte de enero de 2009 dictado por la Iltma. Sra. Dña. María Dolores de las Heras García, Magistrada-Juez de Juzgado de lo Mercantil de Murcia, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Promociones Wembomar s.l. con domicilio social en Mula, cif numero B-73230815, habiendo recaido los siguientes pronunciamientos:

1º.- Que la referida mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

2º.- Se nombran adminsitradores concursales:

- A la Abogada Dña. Raquel García - Valcarcel Ruiz de la Cuesta.

- A la Economista Dña. Briguida Ana Hernández Giménez.

- Como acreedor se designa a Acciona Agua S.A.., quien ha designado para que ejerza el cargo de Economista a D. José Madrid González.

3º.- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publcaciones de este edicito, acordadas en el Periódico La Verdad de Murcia, y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administracíón concursada la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avda. 1º de Mayo, nº 1, Edificio Tores Azules, Torre A, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesa el desglose de los mismos.

4º.- Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto, podrá interponerse recurso de apelación por cualquira que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este Juzgado en el plazo de cinco días, que se contaran a partir del día siguiente al de la última de las publicacones acordadas.

Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.

Para mas información consultar www.juzgadomercantil1murcia.blogspot.com

En Murcia a, 2 de febrero de 2009.- Secretario Judicial.

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