Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Molto Reig Sl

El 16-03-2009, Molto Reig Sl, en COCENTAINA (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03051554. La actividad (principal) de Molto Reig Sl es industria textil.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Molto Reig Sl
Localidad:
COCENTAINA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B03051554
Número de insolvencia:
B03051554
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAN CRISTOBAL 0
03820 COCENTAINA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-09-2017
A170064096
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Cristina Cifo González, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Alicante n.º 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el Concurso Ordinario nº 366/09, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil MOLTO REIG, S.L, con domicilio en Cocentaina (Alicante), Subida de San Cristóbal, s/n, 03820 y CIF Nº B-03051554, se ha dictado auto de conclusión del concurso de fecha 5/09/17, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de MOLTO REIG, S.L, con domicilio en Cocentaina (Alicante), Subida de San Cristóbal, s/n, 03820 y CIF Nº B-03051554.

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudorMOLTO REIG, S.L.que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3.- Se acuerda la extinción de MOLTO REIG, S.L.decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27 de junio de 2017.

5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso ( art 177)

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Alicante, 5 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

02-02-2011
5510
 
  • Apertura de la sección seis
 

Juzgado de lo Mercantil núm. 1. Alicante,

Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Molto Reig, S. A., con CIF A-03051554, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante a la hoja número A-10.728, con el número de registro 000366/2009 en cuyo seno se ha dictado sentencia de fecha 17/01/2011, por el que se aprueba el convenio presentado al que se han adherido acreedores que representan el 60,74% del pasivo ordinario del deudor, habiéndose ordenado se proceda a dar la publicidad de los artículos 23 y 24 LC.

Que la parte dispositiva de la sentencia es del siguiente tenor:

"Se aprueba el convenio aceptado en junta de fecha 10/12/2010, con cese de todos los efectos de la declaración de concurso, y en concreto el cese de los administradores concursales en sus funciones de intervención debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de quince días, salvo en lo referente a efectos de tramitar la sección de calificación y rendición de cuentas.

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC).

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese mandamientos al Registrador Mercantil y a los Registros de la Propiedad en los que conste anotada la declaración de concurso, que serán entregados al procurador de la concursada para su curso y gestión, quién deberá acreditar su presentación en el plazo de 5 días".

Alicante, 17 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

20-07-2010
56178
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el presente procedimiento se ha dictado resolución en cuya parte dispositiva consta:

1.º Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio de las mercantiles "Molto Reig S.A.", "Joaquin Molto S.A.", "Molto Energia S.A.", "Murkoc Servicios S.L.", y "Jemysa Inmuebles S.L.".

2.º Procédase a formar la sección quinta del concurso.

3.º Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el próximo 10 de diciembre, a las 10:45 h, 11 h, 11:15 h, 11:30 h y 11:45 h, respectivamente, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

4.º Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 103 hasta el cierre del lista de asistentes.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro público concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro público concursal, pubíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el ilmo. sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez.- Firma del Secretario.

Alicante, 2 de julio de 2010.- El Secretario.

22-09-2009
67895
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado Mercantil Número 1 de Alicante, anuncia:

1.-De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23,95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 30/06/2009, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 366-09 A, B, C, D y E y de la concursada Molto Reig S.A, Joaquín Molto S.A, Molto Energía S.A, Murkoc Servicios S.L y Jemysa Inmuebles S.A.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, asi como obtener copias, a su costa.

2.-Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 30 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

07-04-2009
21107
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante Calle Pardo Gimeno, 43

Número de Asunto: 366/09

Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario

Entidad Instante del Concurso: Molto Reig SA "A", Joaquín Molto SA ,"B", Molto Energía SA, "C", Murkoc Servicios SL, "D" y Jemysa Inmuebles SA, "E"

Concursado: Molto Reig S.A, "A", Joaquín Molto SA, "B" Molto Energía S.A,"C", Murkoc Servicios SL, "D", Jemysa Inmuebles SA, "E"

Representación y Asistencia Técnica: Procuradora: Cristina Penades Pinilla, Letrado: Antonio Civera García

Fecha de presentación de la solicitud: 9/03/2009

Fecha del Auto de declaración: 16/03/2009

Administrador concursal: Vicente Andreu Fajardo, teléfono: 963528569, Economista, José Luis García-Cañada, Abogado teléfono: 965984810, CAM, como acreedor

Facultades del Concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo un mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.

Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados en horas de audiencia.

Alicante, 16 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberan.

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