D.ª María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Santander,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Auto de fecha 17/11/15, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso nº 551/2008 por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de LODISCAN, S.A. y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, en el Registro Público Concursal y gratuitamente en el BOE.
Santander, 17 de noviembre de 2015.- Secretaria Judicial.
El Juzgado de Primera Instancia número 10 y Mercantil de Santander, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 551/2008 referente al concursado Lodiscan, Sociedad Anónima, por auto de fecha 30 de abril de 2010 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 8 de abril de 2010.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 7 de julio de dos mil diez y abrir, de oficio, la fase de liquidación.
3. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
4. Fórmese la Sección Sexta de calificación del concurso y hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrán personarse alegando por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 30 de abril de 2010.- El//La Secretario Judicial.
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil y de Primera Instancia número 10 de Santander, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 551/08 referente al deudor Lodiscan, Sociedad Anónima, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concusal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última publicación del presente edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Santander, 28 de abril de 2009.- El/La Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil y de Primera Instancia número 10 de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
ANUNCIA
1º Que en el procedimiento número 551/2008, por auto de fecha 19 de Diciembre de 2.008 se ha declarado en concurso al deudor Lodiscan S.A., con C.I.F. número A-39573423, y con domicilio en Marina de Cudeyo, Carretera de Pontejos a Gajano sin número.
2º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia.
4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)
SANTANDER, 19 de diciembre de 2008.- El/la Secretario Judicial.