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Concurso de acreedores terminado Garritex Sa (En Liquidacion)

El 15-05-2009, Garritex Sa (En Liquidacion), en LA GARRIGA (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. Como síndico se ha designado BALLVE I REYES,PAU. El número de insolvencia de esta empresa es A08704876. La actividad (principal) de Garritex Sa (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Garritex Sa (En Liquidacion)
Localidad:
LA GARRIGA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A08704876
Número de insolvencia:
A08704876
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL CONGOST, S/N - PARC. 4 FASE 2 0
08530 LA GARRIGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-05-2019
A190024874
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don Francisco Velasco García-Plata, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona,

Hago saber:

Que en el Concurso abreviado 317/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Garritex, S.A., con NIF A-08704876.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 20 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Velasco García-Plata.

28-06-2012
A120046475
 
  • Cese de los Administradores
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

Secretario Judicial don Francisco Velasco García-Plata del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona,

Hago saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 317/2009, por auto de fecha 31 de mayo del 2012 se ha declarado la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento del convenio cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

1.- Abrir la Fase de Liquidación del concurso de Garritex, S.A.

Inclúyase esta resolución en la sección quinta, que pasará a ser de liquidación.

2.- Queden en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado, con los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se repone en su cargo a la administración concursal, que deberá presentar en el plazo de Un Mes un inventario de bienes y lista de acreedores actualizada en los términos previstos en el artículo 180.

4.- Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena el cese en el ejercicio de su cargo de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Publíquese esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para anotar la apertura de la fase de liquidación, la suspensión acordada, la disolución de la sociedad, el cese de sus Administradores y el nombramiento de la Administración Concursal.

7.- Publíquese gratuitamente en el BOE:

7.1.- La declaración de incumplimiento de convenio y apertura de la fase de liquidación librando edicto al efecto.

7.2.- La posibilidad de los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido de comunicar su crédito en la forma establecida en el artículo 85 LC en el plazo máximo de 1 mes.

7.3.- El derecho de impugnación que tendrán de la lista de acreedores y el inventario actualizado que la Administración Concursal realizará a estos solos efectos en el plazo de forma previsto por el artículo 96 LC.

8.- Una vez presentado el inventario y la lista actualizada, la administración concursal deberá presentar un plan de realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley.

9.- Contra este auto cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en un plazo de cinco días.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Daniel Irigoyen Fujiwara, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 5 de Barcelona.

Diligencia.- Para hacer constar que se procede a lo ejecución de lo acordado, de lo que doy fe."

Asimismo se pone en conocimiento de los acreedores que la dirección de correo de la administración concursal para comunicar los créditos es la siguiente: concursogarritex@grupogispert.com

Barcelona, 7 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

12-06-2009
45540
 

Montserrat Comí Torrents Secretaria del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Calle Ausias Marc núm. 40, principal.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 317/2009 5.ª

Tipo de Concurso.- Voluntario Abreviado.

Entidad Instante del Concurso y NIF.- Garritex, S.A. A-08704876.

Fecha del Auto de declaración.- 15/05/2009.

Administradores Concursales.- D. Pau Ballve Reyes, con NIF 46752286W domiciliado en Av. Diagonal, 416 Ppal. de Barcelona, como Abogado.

Facultades del Concurso.- Intervenidas.

Llamamiento a los Acreedores.- Deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará o dirigirá a la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, Ronda Sant Pere, nº 41, 5.ª planta (08010 Barcelona) en el plazo de Quince Días a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.

Barcelona, 3 de junio de 2009.- La Secretaria Judicial.

15-05-2009
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
"1) DECLARACIÓN DE CONCURSO.- Declaro en situación legal de concurso -voluntario ordinario- a la entidad mercantil GARRITEX S.A. 2) NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.- Se nombra administradores del concurso: A PAU BALLVÉ REYES; en su condición de abogado con experiencia profesional, incluido en la lista de personas habilitadas por el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona para el ejercicio de estas funciones; y a dos personas cuyas aceptaciones quedan pendientes. Las personas designadas han de aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución. En el caso de no aceptar el cargo o no acudir al llamamiento en los términos o plazos legales sin que concurra justa, grave y motivada causa, se les advierte expresamente de que no se les podrá designar para funciones similares en procesos concursales que puedan seguirse en el partido judicial en un plazo de 3 años. 3) EFECTOS SOBRE LAS FACULTADES DEL CONCURSADO.- Por tratarse de un concurso voluntario el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. 4) AUTORIZACIÓN DE ACCESO A LAS INSTALACIONES Y DOCUMENTOS DEL CONCURSADO.- Se autoriza a la Administración Concursal para que pueda acceder a las instalaciones de la deudora, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos o información considere necesaria para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes. 5) ADVERTENCIA DEL DEBER DE COLABORACIÓN E INFORMACIÓN.- El deudor, sus administradores, apoderados y representantes de hecho o de derecho tienen el deber de comparecer ante el Juzgado y ante la administración concursal cuantas veces sean requeridos. Deben colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso, poniendo a disposición de la Administración del Concurso los libros, documentos y registros correspondientes. Esta obligación se extiende a los cargos de la sociedad deudora que lo hubieran sido en los dos años anteriores a la declaración de concurso. 6) MEDIDAS CAUTELARES.- No se adoptan medidas cautelares, sin perjuicio de su posible adopción si variaran las circunstancias referidas en esta resolución. 7) LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de la presente declaración de concurso. Los créditos deberán presentarse ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, servicio común que está ubicado en Ronda Sant Pere n° 41, 5ª planta (08010 Barcelona). 8) PRESENTACIÓN DEL INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.- Conforme establece el artículo 74 de la Ley Concursal (en relación con el 191 para el trámite abreviado) la Administración Concursal cuenta con el plazo de dos meses desde la fecha de aceptación de dos de sus integrantes -si es trámite ordinario- o del único integrante -si es trámite abreviado- para elaborar el informe previsto en el artículo referido y concordantes de la Ley Concursal. 9) COMUNICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL A LOS ACREEDORES RELACIONADOS.- Conforme al artículo 21-4 LC la Administración Concursal habrá de realizar sin demora una comunicación individual a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles expresamente de la declaración del concurso y del deber de comunicar sus créditos con las formalidades establecidas en el artículo 85 de la Ley Concursal, advirtiendo a los acreedores de los perjuicios que en cuanto a la calificación de los créditos puede causar una comunicación tardía o defectuosa. 10) PUBLICIDAD DEL AUTO DE DECLARACIÓN.- Se anunciará la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los de mayor difusión provincial por medio de los correspondientes edictos, que se entregarán al Procurador instante del concurso quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes, acreditando ante este Juzgado su presentación en los medios de publicidad indicados en el plazo de TRES DIAS a contar desde la entrega para su diligenciamiento. Asimismo póngase el presente auto de declaración de concurso en conocimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y también a los JUZGADOS DE EJECUCIÓN DE LO SOCIAL (que lo son los n°s. 5, 23 y 30 de Barcelona), ello a los efectos del artículo 55 LC y del FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), a los efectos del artículo 184 LC. Además, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6-2 de la Orden JUS/3473/2005, de 8 de noviembre (BOE de 9 de noviembre) se remitirá al Registro Mercantil de Barcelona un testimonio del presente auto a fin de que se proceda a la inclusión de los datos correspondientes en el portal de Internet denominado "publicidadconcursal.es" y gestionado por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. La Orden del Ministerio de Justicia citada se dictó de conformidad a la DF 2ª del Real Decreto 685/2005, de 10 de junio (BOE de 11 de junio) que desarrolla la previsión contenida en los artículos 23, 24, y 198 de la Ley Concursal. 11) PUBLICIDAD REGISTRAL. Se remitirá mandamiento al Registro Mercantil comunicando la declaración de concurso y acompañando testimonio de la presente resolución; el mandamiento se entregará al Procurador instante que deberá acreditar ante este Juzgado su presentación en el Registro en el plazo de TRES DIAS. 12) Se ordena colocar el edicto informativo de la declaración del concurso en el tablón de anuncios de este Juzgado. 13) COMUNICACIÓN A JUZGADOS Y TRIBUNALES.- Remítase oficio al Juzgado Decano de Barcelona y al Juzgado Decano de (partido Judicial en el que se encuentra domiciliado el deudor) al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1ª instancia y a los Juzgados de lo Social la declaración de este concurso al objeto de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado. Asimismo se remitirá al Juzgado Decano correspondiente al domicilio de la concursada -siempre que no sea la ciudad de Barcelona- una copia de la lista de acreedores a fin de facilitar su consulta por éstos; el Juzgado Decano correspondiente mantendrá a disposición de los interesados durante el plazo de un mes desde su recepción. Remítase también comunicación al resto de Juzgados Mercantiles de Barcelona. 14) APERTURA DE SECCIONES 2ª,3ª Y 4ª.- Se ordena la formación de la sección segunda, tercera y cuarta, es decir, las de la Administración Concursal, la de determinación de la masa activa y determinación de la masa pasiva. Estas secciones se encabezarán con testimonio del auto de declaración del concurso. 15) NOTIFICACIÓN.- Notifíquese esta resolución a la representación de la mercantil deudora y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado. 16) RÉGIMEN DE RECURSOS.- Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de CINCO DIAS a contar desde su notificación, sin perjuicio de lo cual se llevará a cabo su ejecución, conforme establece el artículo 197-2 LC."
Síndico / administrador
Síndico:
BALLVE I REYES,PAU
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
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E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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