El 01-01-0001, Construcciones Semja Sl, en LA VILLA DE DON FADRIQUE (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B45520608. La actividad (principal) de Construcciones Semja Sl es construcción de edificios.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Nombre:
Construcciones Semja Sl
Localidad:
LA VILLA DE DON FADRIQUE
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B45520608
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto.
El Juzgado de 1.ª Instancia de Toledo, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 000689/2008 referente al concursado Construcciones Semja S.L. se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 8 de junio de 2010 a las 10:00 horas de su mañana en la sala de audiencias de este Juzgado, sita en planta 0, sala 6 de la c/ Marqués de Mendigorria 2, Toledo.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Toledo, 25 de enero de 2010.- El/la Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTO
El Juzgado de Primera Instancia número 1 y de lo Mercantil de Toledo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).
Anuncia
Primero.- Que en el procedimiento número 689/08, por auto de diez de diciembre de dos mil ocho, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Semja, S.L., con domicilio en La Villa de Don Fadrique y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Villa de Don Fadrique.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El Plazo de esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos "La Tribuna de Toledo".
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Toledo, 10 de diciembre de 2008.- El/La Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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