Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Dican Auto Sl (En Liquidacion)

El 17-05-2012, Dican Auto Sl (En Liquidacion), en TELDE (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35355288. La actividad (principal) de Dican Auto Sl (En Liquidacion) es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Dican Auto Sl (En Liquidacion)
Localidad:
TELDE
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35355288
Número de insolvencia:
B35355288
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FERRALLISTA (ANTIGUA C/ ALBAÑIL) 0
35219 TELDE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-04-2021
A210021007
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 10/2012, se ha dictado en fecha 25 de marzo de 2021 auto declarando la conclusión del concurso de las mercantiles Distribuidora Canaria de Neumáticos SL con CIF B35063643, Dican Auto, S.L., con CIF B35355288, Dican Auto DM, S.L., con CIF B35550458 y de la persona natural D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, con DNI 42744547J y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., Dican Auto, S.L, Dican Auto DM, S.L. y D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- Se acuerda la extinción de las sociedades concursadas, Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., Dican Auto, S.L, y Dican Auto DM, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

4.- En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural, D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

07-08-2014
A140039772
 
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

En el procedimiento concurso ordinario 10/2012 de Dican Auto DM, S.L., CIF B35550458, D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, DNI 42744547-J, Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., CIF B35063643 y Dican Auto, S.L., CIF B35355288[DGdJ2], seguido en este Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado auto en fecha 22/7/14 en la Sección 5.ª, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo aprobar parcialmente el plan de liquidación propuesto por la administración de Dican Auto DM, S.L., D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L. y Dican Auto, S.L. introduciendo, en consecuencia, las modificaciones que se exponen en el fundamento segundo de la presente resolución.

Acuerdo la formación de la sección sexta del presente concurso. Dicha sección se encabezará con testimonio de la presente resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber, que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que no suspenderá el curso de la ejecución, ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Y para darle a dicha resolución la publicidad acordada en la misma, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.

09-11-2013
A130060684
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto-cédula de notificación

En el procedimiento concurso ordinario 10/2012 de Dican Auto DM, S.L., CIF B35550458; don Juan Andrés Rodríguez Trueba, DNI 42744547-J; Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., CIF B35063643 y Dican Auto, S.L., CIF B35355288, seguido en este Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado auto en fecha 21/10/2013, en la sección 1.ª, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente ley.

Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los Administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de impugnación: Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita."

Y para darle a dicha resolución la publicidad acordada en la misma, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.

22-12-2012
A120083973
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000010/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., CIF B35063643, Dican Auto Dm, S.L., CIF B35550458, don Juan Andrés Rodríguez, DNI 42744547-J y Dican Auto, S.L., CIF B35355288, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de diciembre de 2012.- Secretaria Judicial.

05-06-2012
A120038810
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000010/2012, seguido a instancias del Procuradora doña María Alicia Cárdenes Suárez, en nombre y representación de Distribuidora Canaria de neumáticos, S.L., Dican Auto, S.L., Dican Auto DM, S.L. y D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, se ha dictado Auto el día 17/05/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Distribuidora Canaria de neumáticos, S.L., CIF B35063643, Dican Auto, S.L., CIF B35355288, Dican Auto DM, S.L., CIF B35550458 y D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, DNI 42744547, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Asesores y Auditores Monzón, S.L.P., como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de c\ Los Martínez de Escobar, 24, 2.º B, Las Palmas de Gran Canaria, y código postal 35007, teléfono 928262266 y fax 928272895, así como Dirección electrónica concursodicanauto@aamonzon.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez, doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos