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Concurso de acreedores terminado Grupo Estruch Corella Sl

El 23-03-2021, Grupo Estruch Corella Sl, en TAVERNES DE LA VALLDIGNA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97500094. La actividad (principal) de Grupo Estruch Corella Sl es servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Estruch Corella Sl
Localidad:
TAVERNES DE LA VALLDIGNA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B97500094
Número de insolvencia:
B97500094
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Entidades financieras
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE XERACO (EN) 3
46760 TAVERNES DE LA VALLDIGNA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-05-2021
A210029661
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión del concurso
 

Dña. Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en el art. 482 del TRLC y los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de archivo del concurso dictado en este Juzgado y,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado [CNA] - 304/2017 voluntario, de la deudora Concursada Grupo Estruch Corella, S.L., con CIF n° B97500094, con domicilio en la calle Xeraco, 3, Tavernes de la Valldigna (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 23 de marzo de 2021 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Seguí, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículos 483, 484 y 485 TRLC, antes artículo 178 de la LC.)

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 23 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Mª José Roig Sapiña.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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