Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Persona física

El 17-08-2020, Persona física, en NOVELDA (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es 74209275M. La actividad (principal) de Persona física es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
NOVELDA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
74209275M
Número de insolvencia:
74209275M
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CARDENAL CISNEROS 5
03660 NOVELDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-02-2021
A210006796
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

D.ª Margarita Juan Losa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por la presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el nº 924/20 C del procedimiento concursal de Francisco González Rico, se ha dictado con fecha 15/01/2021 auto, en el que se acuerda:

1.- La conclusión del presente procedimiento concursal del deudor Francisco González Rico, con DNI 43013080K, con conclusión y archivo de las actuaciones.

2.- Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.

Palma de Mallorca, 5 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Juan Losa.

06-11-2020
A200052907
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Margarita Juan Losa, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso abreviado 924/2020C y NIG n.º 07040 47 1 2020 0002923, se ha dictado en fecha 17/08/20 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Francisco González Rico, provisto del n.º de DNI 43.013.080-K, y domicilio social y fiscal sito en la calle Sant Bartomeu, 160, bajos, de Inca.

2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor, en las que será sustituido por la Administración concursal.

3.º-Se ha designado, como administración concursal al economista D. ANTONIO SOCIAS BAUZA, con D.N.I. número 78197521M, mayor de edad, con domicilio profesional en CALLE SAN MIGUEL, N.º 55, PRINCIPAL B, CP 07002 PALMA, con número de teléfono 690817095, como dirección de correo electrónico asocias@hotmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal)

Palma de Mallorca, 2 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administracion de Justicia, Margarita Juan Losa.

Informes
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