Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Desarrollos Inmobiliarios De Viviendas Con Servicios Integrales, Sa

El 10-11-2011, Desarrollos Inmobiliarios De Viviendas Con Servicios Integrales, Sa, en SAN SEBASTIAN DE LOS REYES (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A83912964. La actividad (principal) de Desarrollos Inmobiliarios De Viviendas Con Servicios Integrales, Sa es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Desarrollos Inmobiliarios De Viviendas Con Servicios Integrales, Sa
Localidad:
SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A83912964
Número de insolvencia:
A83912964
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DEL CERRO DEL AGUILA 0
28703 SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-02-2021
A210011090
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia:

1.º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 508/2011 por auto de fecha 15/02/2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa a la mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE VIVIENDAS CON SERVICIOS INTEGRALES, S.A. con CIF A-83912964.

2.º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.

3.º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 485, declarar su extinción.

Madrid, 2 de febrero de 2021.- La Letrada de la Adiministración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

04-10-2016
A160065194
 

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia:

1.º Que en el procedimiento nº 383/15 por auto de fecha 12/09/16 se ha declarado en concurso Voluntario abreviado al deudor Vip Room Alta Cocteleria s.a. con CIF nº A-86473360 con domicilio en c/ Clara del Rey 71 de Madrid.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.

Lugar para tal comunicación: 1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administador Concursal del concurso D. Antonio López Mangudo, domicilio sito en c/ Cantabria 8, de San Agustin de Guadalix- Madrid, télefono 91.848.94.51, También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Dirección de correo electrónico: viproomconcursal@gmail.com

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado.

Madrid, 15 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

27-07-2013
A130043121
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, doña M.C. Sanz,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario n.º 508/11, a instancia de la entidad Desarrollos Inmobiliarios de Viviendas con Servicios Integrales, S.A., representada por el Procurador D. Arturo Romero Ballester, bajo la dirección del Letrado D. José Luis Arellano Sánchez, en el que recayó Auto de fecha 16/07/13, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

1.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se declara disuelta la mercantil concursada Desarrollos Inmobiliarios de Viviendas con Servicios Integrales, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de julio de 2013.- Secretario judicial.

14-06-2012
A120042705
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal n.º 508/11 referente al deudor Desarrollos Inmobiliarios de Viviendas con Servicios Integrales, S.A., CIF n.º A-83912964, se ha presentado el informe de la administración concursal.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

Dentro del plazo de Cinco Días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador.

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 24 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

28-11-2011
84071
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Dª. M. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue Concurso voluntario Abreviado 508/11, en el que recayó Auto de fecha 10 de noviembre de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en Concurso Voluntario Abreviado a la mercantil desarrollos inmobiliarios de viviendas con servicios integrales, S.A., con CIF nº A-83912964".

"Se acuerda la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio".

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince a contar desde la publicación".

Madrid, 14 de noviembre de 2011.- Secretaria Judicial.

Informes
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