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Concurso de acreedores terminado Prosucon Sl

El 17-09-2020, Prosucon Sl, en LLANES (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B33316290. La actividad (principal) de Prosucon Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Prosucon Sl
Localidad:
LLANES
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B33316290
Número de insolvencia:
B33316290
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR PIMENTEL 1
33540 ARRIONDAS/LES ARRIONDES
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL DE POSADA DE LLANES, NAV 39 0
33500 LLANES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-04-2021
A210025833
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 2 de OVIEDO, por el presente,

Hago saber:

1.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 337/20 (NIG: 33044 47 1 2020 0000651), se ha dictado en fecha 14/04/21, Auto de Reapertura de Concurso de la deudora Prosucon, S.L., CIF B33316290, cuyo domicilio lo tiene en Polígono Posada de Llanes, número 39-33940-Llanes, y auto de aclaración de fecha 15/04/21.

2.-Se ha nombrado como Administrador Concursal a la sociedad "Lener Administradores Concursales, S.L.P.", siendo la identidad de la persona natural que la representa para el ejercicio de sus funciones, D. Amalio Miralles Gómez, DNI 10594263 a, la cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 252 del T.R.L.C y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Plaza de la Constitución, número 8, 1.º-33009 Oviedo correo electrónico: concursoprosucon@lener.es y teléfono: 985207000, fax: 985212027, debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE y en el Registro Público Concursal.

3.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

4.-La dirección electrónica del Registro Público concursal es: www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Oviedo, 15 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Andrés Prada Horche.

19-10-2020
A200048192
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

D. Andrés Prada Horche, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo,

Hace saber: En este órgano judicial se tramita Concurso 0000337/2020, seguido a instancia del Procurador D. Antonio Sastre Quirós, en representación de Prosucon, S.L., con CIF número B33316290 y domicilio en Polígono Industrial de Posada de Llanes, Nave 39 Llanes, en el que se ha dictado Auto de declaración y conclusión de concurso voluntario con fecha 17/09/20, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. Sastre, en nombre y representación de Prosucon, S.L.

2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Prosucon, S.L.

3.- Se acuerda la conclusión del concurso de Prosucon, S.L. por insuficiencia de la masa activa.

4.- Se acuerda la extinción de Prosucon, S.L.

5- Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el procurador instante de éste expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

6.- Se acuerda la publicación en el Registro Público Concursal y en el BOE, haciéndose entrega a la representación procesal de Prosucon S.L, vía lexnet.

7- Esta resolución tendrá efectos declaratorios de insolvencia de la deudora a los efectos de cualquier reclamación que pudiera interponerse en vía laboral.

Modo de impugnación:

1.- Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación, que no tendrá carácter suspensivo.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

El Magistrado-Juez El letrado de la Administración de Justicia"

Oviedo, 17 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Andrés Prada Horche.

Informes
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