Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Drink Partners Sociedad Limitada.

El 03-06-2019, Drink Partners Sociedad Limitada., en ARMILLA (Granada) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GRANADA. El número de insolvencia de esta empresa es B19614825. La actividad (principal) de Drink Partners Sociedad Limitada. es servicios de comidas y bebidas.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Drink Partners Sociedad Limitada.
Localidad:
ARMILLA
Provincia:
Granada
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B19614825
Número de insolvencia:
B19614825
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAN MIGUEL 67
18100 ARMILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-09-2021
BOE-J-2021-87881
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 366/2019

NIG: 1808742120190011853

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el procedimiento concursal número 366.05/2019 con NIG 1808742120190011853 por auto de fecha 09 de julio de 2021, se ha aprobado el Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal de la entidad DRINK PARTNERS SLU con CIF B19614825.

Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computados para las partes personadas, desde la notificación de la resolución por la que se aprueba el plan de liquidación presentado por la Admon. Concursal, y para los no personados, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de la sede judicial y en el Registro Público Concursal, conforme a lo dispuesto en el art. 23.2 de la LC, relativo a la publicidad complementaria, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Granada, 9 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

14-06-2019
A190035026
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 366/2019, con NIG 1808742120190011853 por auto de fecha 3 de junio de 2019 se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor Drink Partners, S.L.U., con Cif B19614825, domicilio en Armilla (Granada), calle San Miguel número 10, Oficina 67.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido la entidad Asencio y Asociados, Auditores Consultores, S.L.P., con domicilio postal calle Luis Amador 24, Ed. Cámara de Comercio, Of. Intelligenia (18014 Granada), Tel/ 646073094, E-mail: enrique@asensioas.es

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 Ley Concursal.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Granada, 6 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
    • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos