El 26-10-2018, Covaltrade Sl., en BENIFAIO (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B98413909. La actividad (principal) de Covaltrade Sl. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B98413909
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Auto de declaración de concurso voluntario
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 858/18 habiéndose dictado en fecha 26 de octubre de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí, auto de declaración de concurso de acreedores de Covaltrade, S.L., con domicilio en calle Santa Bárbara, 23-3.º-9.ª, Benifaió (Valencia) y CIF n.º B98413909 inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 9445, Libro 6727, folio 165, Hoja V-147.685.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada. Se ha nombrado Administrador concursal a D. Carlos José Garrido Talavera, con domicilio en la Plaza los Pinazos 5-1-2.ª Valencia, y correo electrónico cgarrido@gbasesoria.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 26 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de justicia, Jorge Víctor Iglesias de Baya.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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