Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Cooperativa De Ovinos Extremeños Sc L

El 16-10-2018, Cooperativa De Ovinos Extremeños Sc L, en AZUAGA (Badajoz) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es F06043467. La actividad (principal) de Cooperativa De Ovinos Extremeños Sc L es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cooperativa De Ovinos Extremeños Sc L
Localidad:
AZUAGA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
F06043467
Número de insolvencia:
F06043467
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ESTACION 0
06920 AZUAGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-10-2018
A180062720
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Badajoz, anuncia:

Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 35/2013 seguido a instancias del procurador D. Antonio María Sánchez Calvo en nombre de SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA DE OVINOS EXTREMEÑOS, con CIF F06043467, se ha dictado auto nº 147/18 de fecha 16 de octubre de 2018 cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso de SOCIEDAD COOPERATIVA DE OVINOS EXTREMEÑOS con CIF F06043467, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonios de la presente resolución.

4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. AGUSTÍN VILLAPLANA ARIAS.

Badajoz, 18 de octubre de 2018.- Letrado Administración Justicia, Lucía Peces Gómez.

Informes
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