El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba,
Anuncia:
1.º-Que en el procedimiento número 762/2017, con NIG 1402142120170019920, que se sigue en este Juzgado a instancia de CARLOPAL, S.L., con CIF B14375257 y representado por el procurador David Franco Navajas, se ha dictado auto de conclusión de concurso de igual fecha que el presente y en cuya parte dispositiva se acuerda lo siguiente
"Se declara concluido el concurso de CARLOPAL, S.L.
Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.
Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral y extinción de la sociedad.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a los que se refiere el TRLC y se dará a la misma la publicidad prevista para la declaración de concurso."
Córdoba, 29 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.
El Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 762.05/2017, referente al concursado CARLOPAL, S.L., con CIF n.º B14375257, por auto de fecha 26 de febrero de 2020, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el plan de liquidación realizado por la Administración concursal en los términos en que se ha presentado.
Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 26 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Córdoba, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 762/2017 referente al deudor CARLOPAL, S.L., con CIF B14375257, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Córdoba, 7 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Rosa Gutiérrez Sánchez.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 762/2017, con NIG 1402142120170019920, por auto de 20 de noviembre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CARLOPAL, SL, con CIF B14375257, con domicilio en Cr. Nacional IV, km 426,7 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la Carlota (Córdoba)
2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Fidel Blasco Miota, con domicilio postal en C/ Músico Guerrero, 30, CP 14012 y dirección electrónica la siguiente fbmeconomistas.org
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "BoletÃn Oficial del Estado".
4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
Córdoba, 14 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.