Edicto.
Don Luis Miguel Gonzalo CapellÃn, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona,
Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2017-0000663 y n.º 62/2017G, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 16/2/2017 de D.T. INFORMÃTICA, S.L., con CIF B60140712, y domicilio en c/ Gall, n.º 24, 08950 Esplugues de Llobregat (Barcelona), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces de procedimiento abreviado.
El administrador concursal es BNFIX PICH ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P., quien designa como persona fÃsica que le represente a D.ª MarÃa José Moragas Monteserin, con domicilio en c/ Fontanella, n.º 21, 2.º 1.ª, 08010 Barcelona, y correo electrónico: barcelona.abogados@pich.bnfix.com
Conforme a lo dispuesto en el artÃculo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Fontanella, n.º 21, 2.º 1.ª, 08010 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el dÃa siguiente de la publicación en el BOE y expresaré el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asà como los relativos al crédito, su concepto, cuantÃa, fechas de adquisición y vencimiento, caracterÃsticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en su caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del tÃtulo o documentos relativos al crédito.
Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.
Barcelona, 1 de marzo de 2017.- El Letrado de la Admón. de Justicia.