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Concurso de acreedores Persona física

El 13-06-2016, Persona física, en LOS TOMILLARES (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es 74867418A. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
LOS TOMILLARES
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
74867418A
Número de insolvencia:
74867418A
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DEL MAR (URB RETAMAR) 6
29130 LOS TOMILLARES
Mostrar en tarjeta
-
AV :
DEL MAR (URB RETAMAR) 6
29130 ALHAURIN DE LA TORRE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-07-2016
A160045526
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 775/15 por auto de fecha 13/6/16 se ha declarado en concurso necesario al deudor MERCEDES VELASCO VELÁZQUEZ, y con CIF 74867418 A, domicilio en Alhaurín de la Torre (Málaga), Avd. Del Mar, n.º 5, Urb. Retamar, centro de principales intereses.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en sus facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituidas por la administración concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra D. ANTONIO CABA TENA, provisto de DNI 08913984-N; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio y dirección postal calle Marqués de Larios, n.º 10, 3.º A- B, 29005, Málaga, tfno: 951550550.- Pofesión: Abogado, y con dirección de correo electrónico mercedesvelasco@webconcurso.es que designa a los efectos de comunicación de créditos concursales.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 13 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

04-07-2016
A160039855
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

El Juzgado de lo mercantil Nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA:

1.º Que en el procedimiento número 775/15 por auto de fecha 13/6/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MERCEDES VELASCO VELAZQUEZ, y con CIF 74867418 A, domicilio en Alhaurín de la Torre (Málaga), Avd. Del Mar n.º 5, Urb. Retamar, centro de principales intereses.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra D. ANTONIO CABA TENA, provisto de DNI 08913984-N; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio y dirección postal calle Marqués de Larios n.º 10, 3.º A- B, 29005, MÁLAGA, TFNO: 951550550.- PROFESIÓN: ABOGADO y con dirección de correo electrónico mercedesvelasco@webconcurso.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.oncursal.es.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 22 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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