Edicto
Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
Que en los Autos seguidos en este órgano judicial de Declaración Concurso Voluntario 45/16-B se ha dictado en fecha 15 de febrero de 2016 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Coaching Formación y ConsultorÃa, S.L.U., con CIF B-70196688 representada por la procuradora Sra. Cousillas Fernández cuyo centro de intereses lo tiene en A Coruña, calle Benito Blanco Rajoy, número 7, 1.º
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución de 16 de noviembre de 2017 cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Hechos
Primero.- En este concurso se nombró por Auto de fecha 29 de septiembre de 2017 administrador concursal al letrado José Carlos GarcÃa Cumplido.
Segundo.- Por escrito fechado el dÃa 26 de octubre de 2017 José Carlos GarcÃa Cumplido manifiesta su imposibilidad para aceptar el cargo porque tiene previsto prestar sus servicios profesionales a un acreedor de la concursada.
Tercero.- Por Diligencia de Ordenación de fecha 31 de octubre de 2017 se acuerda traer los Autos sobre mi mesa para resolver.
ACUERDO
1.- Dejar sin efecto el nombramiento para el cargo de administrador concursal del presente concurso a José Carlos GarcÃa Cumplido, por los hechos y motivos expresados en la presente resolución.
2.- Se nombra nuevo administrador concursal a Xosé Febrero Bande, con sujeción al mismo régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artÃculo 28 LC.
El nuevo Administrador Concursal designado comparecerá en el Juzgado dentro de los cinco dÃas siguientes al recibo de la comunicación que se le remitirá para manifestar si acepta o no el encargo y acreditar que tiene suscrito seguro de responsabilidad civil o garantÃa equivalente para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función.
4.- Dar la misma publicidad del presente cese, y nuevo nombramiento, que se dio en su dÃa al nombramiento del AC separado, y por el Letrado de la Administración de Justicia se dará conocimiento del contenido del presente Auto al Registro Público Concursal (artÃculos 37.4, 38.3 y 4 de la LC).
Modo de impugnación: recurso de apelación. Asà lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
A Coruña, 28 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.