El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 88/2016 en el que figura como concursado ASTAZALDI BASERRILAN, S.L., con C.I.F. n.º B95323861, se ha dictado hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Asà mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurÃdica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 27 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.-Que en el procedimiento número 88/2016, NIG nº 48.04.2-16/002517, por auto de 12/2/2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ASTAZALDI BASERRILAN, S.L., con CIF B95323861, con domicilio en Calle Andra Mari, nº 14, MAÑARIA (BIZKAIA).
2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.-Que la administración concursal está integrada por EDER ASESORIA JURIDICA Y DE EMPRESA, S.L., representada por D.IGNACIO SAUTUA SOLAGUREN
PROFESION: economista.
Dirección de correo electrónico:ignacio@asesoriaeder.com
4º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Bilbao (Bizkaia), 18 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.