Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Serrano Aguilar Sl

El 10-07-2015, Serrano Aguilar Sl, en SEVILLA (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es B41740903. La actividad (principal) de Serrano Aguilar Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Serrano Aguilar Sl
Localidad:
SEVILLA
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B41740903
Número de insolvencia:
B41740903
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ANDALUCIA AMARGA, 61 - BJ 0
41006 SEVILLA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
HERRAMIENTAS 84
41006 SEVILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-05-2021
A210033290
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2.ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la ley concursal (lc), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1734/15-6, por auto de fecha de su firma electrónica – 14/05/21- se ha declarado la conclusión del procedimiento concursal de la entidad SERRANO AGUILAR SL., con c.i.f. B41740903 y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente::

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de SERRANO AGUILAR SL, con C.I.F. B41740903.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la Administración Concursal designada, debiendo devolver la credencial original en el plazo de 5 días como documento adjunto a escrito presentado ante el Juzgado Decano de Sevilla o bien devolverla mediante correo postal dirigido a la sede de este Juzgado, una vez acreditado en autos la inscripción de la conclusión del concurso en el Registro Mercantil.

6.- La extinción de la entidad SERRANO AGUILAR, S.L. debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos de ser centro residual de imputaciones.

7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución.

9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la Administración Concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal

Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles Magistrado de la Sección Segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla. Doy fe.

EL MAGISTRADO LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA "

Sevilla, 19 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

05-08-2015
A150034781
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1734/2015, con NIG 4109142M20150003995 por auto de 10/07/15 se ha declarado en concurso voluntario al deudor SERRANO AGUILAR, S.L., con domicilio en C/ Andalucia Amarga, 61, bajo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal, designándose a don Fernando Azcona Recio. C/ Bartolomé de Medina, 8, de Sevilla. Telf. 954 53 87 77 y fax: 954 53 57 94, correo-e: fazcona@mazuelosazcona.com

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Sevilla, 22 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

Informes
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