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Concurso de acreedores terminado Cofradia De Pescadores Nuestra Señora Del Carmen De Cariño

El 02-06-2015, Cofradia De Pescadores Nuestra Señora Del Carmen De Cariño, en CARIÑO (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es G15028103. La actividad (principal) de Cofradia De Pescadores Nuestra Señora Del Carmen De Cariño es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cofradia De Pescadores Nuestra Señora Del Carmen De Cariño
Localidad:
CARIÑO
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
G15028103
Número de insolvencia:
G15028103
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MANUEL FRAGA IRIBARNE 8
15360 CARIÑO
Mostrar en tarjeta
-
LG :
MUELLE PESQUERO 0
15360 CARIÑO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-04-2016
A160021476
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la sección seis
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

En este órgano judicial se tramita concurso Abreviado 147/2015-B seguido, contra COFRADÍA DE PESCADORES DE NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN, en los que, en fecha 20 de noviembre de 2015, se ha dcitado sentencia de aprobación de convenio.

Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo aprobar y apruebo en convenio propuesto por la concursada Cofradía de Pesadores de Nuestra señora del Carmen, en los autos del concurso voluntario abreviado 147/2015, aceptado por la mayoría legamente suficiente.

en consecuencia, desde la fecha de firmeza de esta sentencia, cesan todos los efectos de la declaración de concurso, que quedan sustituidos por los que el propio convenio establece, en todo caso, subsistirá hasta la conclusión del procedimiento el deber de colaboración e información que establece el artículo 42 de la Ley concursal.

está sentencia pone fin a la fase común.

Fórmese la Sección Sexta, de calificación, conforme previene el artículo 167 de la LC.

En el plazo de veinte días contados a partir de la notificación de esta resolución, el administrador concursal rendirá cuentas de su actuación ante este juzgado conforme a lo previsto en el artículo 133.2 de la LC, quien conservará plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme.

Llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Primera.

Publíquense edictos que extracten la sentencia en el Boletín Oficial del estado. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil de A Coruña, donde figura inscrita la declaración de concurso de la deudora cofradía de Pescadores de Nuestra Señora del Carmen, domiciliada en Cariño, A Coruña, Av. Manuel Fraga Iribarne, 8-10, CIF G-15028103 y, en su caso, a los demás registro públicos en los que se haya ordenado la anotación de la declaración de concurso.

Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Cuarta) que deberá interponerse ante este juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, según redacción procedente de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, con simultánea constitución del depósito de cincuenta euros legalmente exigido.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a todos los interesados expido y firmo el presente.

A Coruña, 27 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

04-07-2015
A150029841
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de concurso 147/2015, se ha dictado en fecha 02/06/15 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor COFRADIA DE POSCADORES NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN con CIF G-15028103, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida Manuel Fraga Iribarne, 8-10, Cariño 15360 (A Coruña).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como administrador concursal a D. José Ron Romero, con domicilio postal en calle Regueira, 61, 15009 A Coruña, y Fax 881897576, ron@icacor.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal WWW.publicidadconcursal.es, www.registradores.org.

A Coruña, 5 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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