El 05-03-2015, Servicios Y Reciclajes Navarro Sl, en ALBAIDA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97648455. La actividad (principal) de Servicios Y Reciclajes Navarro Sl es recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Servicios Y Reciclajes Navarro Sl
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B97648455
Grupo
Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Auto de declaración de concurso voluntario
- Conclusión del concurso
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal,
Por el presente doy la publicidad ordenada al Auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso abraviado voluntario n.° 000180/2015, habiéndose dictado en fecha 5 de marzo de 2015 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Auto de declaración de concurso de acreedores de SERVICIOS Y RECICLAJES NAVARRO, S.L., con domicilio en calle Arqueólogo Ballester, 23, Albaida, y CIF n.° B97648455. Inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 8286, libro 5577, folio 182, sección 8.ª, hoja V-108158, inscripción 1.ª, y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, conforme al art. 176 bis de la Ley Concursal, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el "BOE".
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 5 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.
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