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Concurso de acreedores Inspro & Engineering Group Sociedad Limitada.

El 15-01-2015, Inspro & Engineering Group Sociedad Limitada., en BLANES (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B55087456. La actividad (principal) de Inspro & Engineering Group Sociedad Limitada. es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inspro & Engineering Group Sociedad Limitada.
Localidad:
BLANES
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B55087456
Número de insolvencia:
B55087456
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MARIALLUISA, 31 - AT B 0
17300 BLANES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
JOSEP TARRADELLAS, 13 - LOC 1 0
17300 BLANES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-04-2016
A160013726
 
  • Cese de los Administradores
 

EDICTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario nº 561/14, se ha acordado mediante diligencia de esta fecha la firmeza de la Sentencia de fecha 9 de diciembre de 2015 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Primero.- Que debo aprobar y apruebo el convenio presentado por la procuradora Sra. Laura Pagès en nombre y representación de la concursada Inspro&Emgineering Group, S.L., obtenido la mayoría legalmente exigida a través de los créditos adheridos a la propuesta anticipada de convenio, dispuesto por decreto de fecha 31 de julio de 2015 en el Concurso voluntario de la mercantil Inspro&Emgineering Group, S.L.

Segundo.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el art. 42 de la L.C.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la presente resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Tercero.- Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Girona para que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 132 en relación con el art. 24 de la L.C., inscriba la Sentencia aprobando el convenio en la hoja correspondiente.

Dese a la presente Sentencia la publicidad prevista en los art. 23 y 24 de la L.C. y, para su efectividad, publíquese la misma en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expidiéndose los oportunos oficios y edictos los cuales serán entregados a la procuradora Sra. Laura Pagès una vez firme esta resolución.

Cuarto.- No se verifica una expresa imposición en materia de costas procesales.

Modo de Impugnación: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Girona (artículo 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 9 de marzo de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.

16-04-2015
A150013874
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto de declaración de concurso

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dictó el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 561/14.

Fecha del auto de declaración: 15-01-15.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: INSPRO & ENGINEERING GROUP, S.L.

CIF de la concursada: B55087456.

Domicilio de la concursada: Calle María Luisa, número 31, ático B, de Blanes.

Administración concursal: ACMP ADVOCATS, ECONOMISTES I AUDITORS, SLP.

- Dirección postal: Disseminat de Sant Daniel, núm. 81 (Can Turon) de Girona.

- Dirección electrónica: acmp.slp561@gmail.com

Régimen de las facultades del concursado: El concursado le son intervenidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avda. Ramon Folch, múm. 4-6, de 17001 Girona).

Girona, 26 de marzo de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
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