ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 914930551
Correo electrónico: MERCANTIL3@madrid.org
PROCEDIMIENTO
Concursal
Número: 122/2015
NIG: 2807900220150030097
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 29/07/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: apelacion 20 dias
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Edicto anunciando auto de aprobación de modificación del plan de liquidación en relación a la concursada CONSTRUCCIONES NAVALAGAMELLA , con CIF A78907755 cuyo contenido se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 0945631570424234131060 así como en el Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
Madrid, 24 de agosto de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EMILIO JOSE ZORNOZA ARANA
Edicto
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid,
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 122/15 se ha dictado auto por el Magistrado don Antonio Pedreira González de fecha 18 de marzo de 2015 declarando el concurso voluntario abreviado CONSTRUCCIONES NAVALAGAMELLA, con NIG 2807900220150030097 y CIF: A-78907755.
2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.
- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Sergio Domínguez Catala, con despacho profesional y domicilio para la comunicación de créditos en la calle Ferraz, n.º 4, local, CP:28008 Madrid y correo electrónico sergiodominguez.concursal@gmail.com
- No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.
4.º-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la última publicación.
5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).
Madrid, 18 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.