Edicto.
Doña María Jesús Rodríguez Fernández Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, anuncia:
En el procedimiento arriba indicado (Concurso ordinario 77/2015) se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Altamira, Sociedad Cooperativa Madrileña con CIF F83458547 y con domicilio en calle Poeta José Hierro, n.º 1, 3.ª planta, Pinto 28320 (Madrid).
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 481 del Texto Refundido de la Ley concursal (Real Decreto Ley 1/2020 de 5 de mayo), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia irme de calificación.
Madrid, 11 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 77/2015, por auto de fecha 10 de febrero de 2015, se ha declarado en concurso al deudor ALTAMIRA, SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA, con CIF: F-83458547, con domicilio en la calle Poeta José Hierro, n.º 1, 3.ª planta, de Pinto (Madrid), que coincide con el centro de sus principales intereses.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.º Que se ha designado Administrador concursal a don Gerardo Justicia González, con domicilio en Madrid, para la comunicación de créditos por parte de los acreedores, en la calle Alfredo Marquerie, 1, 8.º A, 28034 Madrid y dirección de correo electrónico justiciabogados@telefonica.net
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en Registro Público Concursal..
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 23 de febrero de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.