Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Zapatos Dacon Sl

El 29-03-2012, Zapatos Dacon Sl, en CALLOSA DE SEGURA (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03289360. La actividad (principal) de Zapatos Dacon Sl es industria del cuero y del calzado.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Zapatos Dacon Sl
Localidad:
CALLOSA DE SEGURA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B03289360
Número de insolvencia:
B03289360
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CM :
VIEJO DE SAN BARTOLOME S/N 0
03360 CALLOSA DE SEGURA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-02-2015
A150005385
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000432/2011, siendo la concursada ZAPATOS DACON, S.L., con CIF n.º B-03289360, y N.I.G. 03065-66-2-2011-0000521, en el que se ha dictado Auto de fecha 28/01/15, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara concluida la liquidación.

2. Se declara concluso el concursos de acreedores de ZAPATOS DACON, S.L., la cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo. Únicamente queda habilitado para realizar los pagos oportunos por liquidación de impuestos a favor de SUMA y AEAT con cargo a la cantidad reservada de 6 41,56 euros. A los solos efectos de culminar la conclusión del concurso, la administración concursal quedará autorizada para realizar los actos necesarios para su pago. Una vez realizados, deberá comunicarlo al Juzgado.

4. Se acuerda la extinción de Zapatos Dacon, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.

5. Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.

6. Anúnciese por edictos en el Boletín Oficial del Estado de manera gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado, y comuníquese a los Juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor. Publíquese asimismo en el Registro Público Concursal.

7. Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.

Elche, 10 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.

16-02-2013
A130006517
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado - 000432/2011, siendo la concursada Zapatos Dacon, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-03289360, con domicilio en Carretera Carral, km. 1, Callosa de Segura (Alicante), en el que se ha dictado decreto de 22/10/12 que contiene los siguientes pronunciamientos:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.

2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.

6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

Elche, 6 de febrero de 2013.- El Secretario judicial.

13-09-2012
A120060005
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores abreviado núm. 000432/2011, siendo la concursada Zapatos Dacon, S.L., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 3/09/12, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

2.- Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

3.- La impugnación habrá de formularse mediante escrito presentado en Decanato como tal que habrá de adoptar forma de demanda (art. 399 LEC, proponiendo si es de su interés la prueba que estime necesaria); dicho escrito de impugnación deberá verificar el traslado previo establecido en el artículo 276 LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (Art. 184.3 de la LC).

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente

Elche, 3 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

12-05-2012
A120027824
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Don Jorge Cuellar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que por auto de fecha 29/03/12 en el procedimiento con número de autos 000432/2011 y NIG 03065-66-2-2011-0000521, se ha declarado en concurso abreviado necesario al deudor Zapatos Dacon, S.L., con domicilio en Carretera Carral Km 1, Callosa de Segura (Alicante) y CIF n.º B-03289360, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante en hoja A-4.340 del tomo 1.252 del libro 0 folio 215, representada por el Procurador don Constantino Manuel Gutiérrez Sarmiento.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Juan Castaño Pérez, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas con domicilio postal: Calle Ruperto Chapi, 75, Elche y dirección de correo electrónica: juan@cnmasesores.es, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 26 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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