Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Calle Barco Sl

El 30-01-2015, Calle Barco Sl, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B85141653. La actividad (principal) de Calle Barco Sl es actividades inmobiliarias.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Calle Barco Sl
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B85141653
Número de insolvencia:
B85141653
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VIRGEN DE LA ROCA 9
28027 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-09-2021
BOE-J-2021-98883
 
  • Conclusión del concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 8 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930475

Correo electrónico: mdc46@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 900/2015

NIG: 2807900220140086086

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concursado Calle Barco SL, con cif. B85141653

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTOD

VERÓNICA CALVO MORENO Letrado de la Administración de Justicia deJuzgado de lo Mercantil nº 08 de Madrid.

ANUNCIA

En el procedimiento concurso abreviado 900/15 se dictó un auto en fecha13/09/2021 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de CALLE BARCO S.L., con CIF B85141653 .La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.4891 TRLC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración ydisposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contenganen la sentencia firme de calificación.

Madrid, 16 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VERONICA CALVO MORENO

06-02-2020
A200005956
 

EDICTO

Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

Que en el procedimiento número 900/2015 por auto de 21 de enero de 2020 se ha acordado en concurso voluntario del deudor CALLE BARCO, S.L. (en liquidación), con CIF B85141653, nombramiento nuevo Administrador concursal, Aránzazu Moreno Rodríguez, con domicilio en calle Núñez de Balboa nº. 108, 3.º B (CP 28006) de Madrid y dirección electrónica armoreno@tcconcursal.com por renuncia del anterior Administrador concursal nombrado Antonio Moreno Rodríguez.

Madrid, 30 de enero de 2020.- Letrada de la Administración Justicia, Verónica Calvo Moreno.

03-03-2015
A150006219
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia:

1.º Que en el procedimiento n.º 430/2014, por auto de fecha 30/1/2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Calle Barco, S.L., con CIF n.º B-85141653.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.

Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: D. Antonio Moreno Rodríguez, C/ Núñez de Balboa, n.º 108, 3.º B, Madrid; teléfono: 915902550, fax: 914112256.

B).- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Dirección de correo electrónico:callebarco@webconcurso.es

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC).

Madrid, 16 de febrero de 2015.- Secretario judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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