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Concurso de acreedores Bealso Bus Sociedad Limitada.

El 09-10-2014, Bealso Bus Sociedad Limitada., en SANTA LUCIA DE TIRAJANA (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B76092824. La actividad (principal) de Bealso Bus Sociedad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bealso Bus Sociedad Limitada.
Localidad:
SANTA LUCIA DE TIRAJANA
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B76092824
Número de insolvencia:
B76092824
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ATINDANA 8
35280 SANTA LUCIA DE TIRAJANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-07-2018
A180044136
 

Edicto

Cedula de Notificación

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 387/14, seguido a instancias de la Procuradora doña Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de DON BENITO HERNÁNDEZ RAMOS, NIF 78.471.429-Y y de "BEALSO BUS S.L", CIF B-76.092.894, se ha dictado Auto el día 21 de junio de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de la concursada DON BENITO HERNÁNDEZ RAMOS Y "BEALSO BUS S.L", la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso; el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación;el cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días 1, para devolver la credencial que le habilita como tal; el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme; la extinción de la entidad la concursada "BEALSO BUS S.L"., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer, así como la cancelación de la inscripción del concurso en la partida de nacimiento de DON BENITO HERNÁNDEZ RAMOS, librándose a tal fin exhorto al Registro Civil que corresponda;dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado;dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución;aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

03-01-2015
A140063658
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000387/2014, seguido a instancias de la Procuradora doña María Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de D. Benito Hernández Ramos y Bealso Bus, S.L., se ha dictado el auto de fecha 9 de octubre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D. Benito Hernández Ramos, NIF n.º 78471429Y, y Bealso Bus, S.L., con CIF n.º B76092824, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado

No habiendo aceptado el cargo el Administrador concursal designado en el auto de declaración de concurso, por auto de fecha 6 de noviembre de 2014,se designa como administrador del concurso a: Doña Josefa Iris Roselló López, como abogado, la cual ha designado como domicilio postal el de calle Domingo Doreste, número 16, y código postal 35001, teléfono 928381392 y 616898216 y fax 928312673, así como dirección electrónica irisrosello@telefonica.net.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

Informes
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