Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.
Concurso abrev. 779/2014.
Deudor: Sumenor Electric, S.L., Sumenor Security and Control Systems, S.L., Sumenor Technology Solutions, S.L., y Suministros y Montajes Electromecánicos del Norte, S.L.
Abogado: Alberto Barañano González.
Procurador: Germán Ors Simón.
Sobre: Concurso voluntario.
En el referido procedimiento concursal se ha dictado el día 10/10/2014 auto de declaración y simultánea conclusión por insuficiencia de masa activa, en la que la parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva
1.- Debo declarar y declaro el concurso voluntario de las mercantiles Sumenor Electric, S.L., Sumenor Security and Control Systems, S.L., Sumenor Technology Solutions, S.L., y Suministros y Montajes Electromecánico del Norte, S.L., con CIF n.º B-95565594, B95487302, B95591327 y B95221529, representados por el Procurador de los Tribunales D. Germán Ors Simón y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.
2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.
3.- Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.
4.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al citado Registro y de los que se hará entrega al Procurador D. Germán Ors Simón para su diligenciamiento.
5.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia de los inventarios y de las listas de acreedores, y del escrito de subsanación, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.
Bilbao (Bizkaia), 13 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.