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Concurso de acreedores terminado Mueloliva S.L.

El 01-01-0001, Mueloliva S.L., en PRIEGO DE CORDOBA (Córdoba) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14099451. La actividad (principal) de Mueloliva S.L. es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mueloliva S.L.
Localidad:
PRIEGO DE CORDOBA
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B14099451
Número de insolvencia:
B14099451
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RAMON Y CAJAL 85
14800 PRIEGO DE CORDOBA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-11-2014
A140054843
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 24/2008, con NIG 1402142M20080000025, por auto número 309/14, de 21 de octubre de 2014, se ha declarado la conclusión del concurso del deudor Mueloliva, S.L.U., con domicilio en calle Caño, 2, 2.º 1, Córdoba, España, y CIF n.º B14099451, y que contiene literalmente, las siguientes precisiones:

1.- Declarar la conclusión del concurso voluntario ordinario de Mueloliva, S.L.U., seguido en este Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba con el número 24/08 y el archivo de las actuaciones por liquidación de los bienes y derechos.

2.- Se acuerda la extinción de la entidad Mueloliva, S.L.U., y en consecuencia la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil de Córdoba y el cese de los administradores concursales, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme que serán entregados al procurador del solicitante.

3.- Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado en la forma y con los requisitos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

4.- Se aprueba la rendición de cuentas realizada por la administración concursal.

Córdoba, 21 de octubre de 2014.- El/la Secretario judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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