Edicto
D./Dña. Juan Fernando Montero Manchado, Letrado/a de la Administración de Justicia, del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción N.º 1 y Mercantil de Cáceres,
Anuncia:
Que en el concurso 0000625/2012, referente al concursado Construcciones José y Margarita, S.L., por auto de fecha 08-05-2020, se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar la conclusión del concurso, por estar en el supuesto de insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2. La extinción de la sociedad Construcciones José y Margarita, S.L., con CIF B-10040947, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de Mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme.
3. La aprobación de la rendición de cuentas del Administrador Concursal, D. José Galán Bravo.
4. Archivar definitivamente las actuaciones.
Cáceres, 21 de septiembre de 2020.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Juan Fernando Montero Manchado.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres,
Anuncia:
1.º Que en la sección V liquidación 0000625/2012 referente al concursado CONSTRUCCIONES JOSÉ Y MARGARITA, S.L., se ha puesto de manifiesto en la oficina Judicial el día 15-7-2015, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal.
2.º El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de 15 días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Cáceres, 17 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres,
Anuncia: Que en la Sección I, Declaración Concurso 0000625/2012, referente al concursado CONSTRUCCIONES JOSÉ Y MARGARITA, S.L., por auto de fecha 22-05-2015, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil CONSTRUCCIONES JOSÉ Y MARGARITA, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso culpable.
Cáceres, 22 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.
Edicto
D./D.ª Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000625/2012 y NIG n.º 10037 41 1 2012 0021988, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso necesario del deudor CONSTRUCCIONES JOSÉ Y MARGARITA, S.L., con CIF n.º B10040947, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Paseo de la Rivera, n.º 25-Bajo, 10.600-Plasencia.
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
Se ha designado, como administración Concursal al Abogado D. José Galán Bravo, con domicilio postal en c/ Gómez Becerra, n.º 19-1, 10001 Cáceres y, dirección electrónica señalada jose@coem.cc para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cáceres, 12 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.