Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Fruitlink International Sociedad Limitada.

El 15-11-2019, Fruitlink International Sociedad Limitada., en CANALS (Valencia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B98570542. La actividad (principal) de Fruitlink International Sociedad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fruitlink International Sociedad Limitada.
Localidad:
CANALS
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B98570542
Número de insolvencia:
B98570542
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE SANT JOAN, 21 - PISO 3 0
46860 ALBAIDA
Mostrar en tarjeta
-
PD :
ESTEPAR (POL. 15), PARC. 62 0
46650 CANALS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-11-2020
A200057619
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA] Necesario num. 000806/2019, habiéndose dictado en fecha doce de noviembre de dos mil veinte por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de FRUITLINK INTERNATIONAL, S.L.U., con domicilio en Polígono Partida L'Estepar - Polígono 15, Parcela 62, Canals (Valencia) y CIF num. B98570542, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 9699, libro 6981, folio 171, Sec.8, hoja 156335 y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, conforme al art. 465-5º y 473 del TRLC (antes 176 BIS de la Ley Concursal), pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el BOE.

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 12 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª José Roig Sapiña.

02-12-2019
A190068174
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña María José Roig Sapiña, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado (CNA) Necesario n.º 000806/2019, habiéndose dictado en fecha quince de noviembre de dos mil diecinueve por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de FRUITLINK INTERNATIONAL, S.L.U., con domicilio en Partida de L´Estepar - Poligono 15, Parcela 62, Canals (VALENCIA) y CIF nº B98570542, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, Tomo 9699, libro 6891, folio 171, Sec. 8, hoja 156335. Que se ha acordado la Suspensión de las funciones de disposición y Administración de la concursada, que quedaran sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado Administrador concursal a la sociedad MIOTA & ALONSO ASOCIADOS, S.L.P., con domicilio en la calle Mayor n.º 71-3, ALAQUAS (Valencia) y correo electrónico fruitlink@carbelfi.es. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 15 de noviembre de 2019.- Letrado de la Admon. de Justicia, Mª José Roig Sapiña.

Informes
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